COMUNICACIÓN Nº
708
Visto:
La Ordenanza Nº 1659, realizada por este Honorable Cuerpo el día 18 de
Abril de 2013, autorizando al Departamento Ejecutivo a realizar una plaza en el
espacio público que existe en el Barrio Familia Propietaria y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 1659, fue efectuada el día 18
de Abril de 2013 y autoriza al
Departamento Ejecutivo a realizar una plazoleta en el espacio público del
lugar;
Que han transcurrido hasta la fecha más de cuatro años de su sanción y se
advierte que no ha sido inaugurada ni concluídas las obras necesarias para dar
por finalizada su construcción;
Que los distintos
barrios de nuestra ciudad, poseen una plazoleta pública para ser utilizada por
los vecinos;
Que es sabido la importancia de la utilización de estos
espacios públicos para desarrollar actividades sociales de distinta índole y
tenor;
Que tal como lo solicitan los vecinos, resulta sumamente
necesario dotar al Barrio Familia Propietaria de la iluminación
correspondiente;
Que es responsabilidad del D.E. mantener en condiciones
óptimas los espacios de uso comunes;
Por ello, en uso de atribuciones que le son
propias, el H.C.D. aprueba la
siguiente:
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: Solicitar al
Sr. Intendente Municipal de San Andrés de Giles informe en qué estado se
encuentran las tareas necesarias y pertinentes para finalizar la construcción
de la plazoleta emplazada en el espacio público del Barrio Familia Propietaria
de San Andrés de Giles.
Artículo 2°: Instar al
Departamento Ejecutivo a la instalación de las luminarias necesarias para
mejorar las condiciones actuales del barrio.
Artículo 3º: Encomendar
al Departamento Ejecutivo que a través de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos se realicen las obras de limpieza necesarias en el lugar aludido.
Artículo 4º: De forma.
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable
Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 2 de agosto de 2017.-
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