ORDENANZA Nº 2050
Visto:
Las
actuaciones contenidas en el expediente 4101-0793/17;
Considerando:
Que las
mismas tienen su origen en la presentación referente a la aprobación del
proyecto de “Mensura y División” sobre
una fracción de terreno identificado con
la Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección D, Quinta 8 Parcela 47b
del partido de San Andrés de Giles;
El proyecto propone aperturas de calles dentro
del macizo a dividir, las cuales corresponden al trazado preventivo para la
Quinta 8 aprobado por Ordenanza Nº 1691, Decreto Nº872/2013, a excepción de una calle que el propietario de la parcela
solicitó agregar al trazado antes mencionado.
Las actuaciones tuvieron su origen con fecha 13 de
marzo de 2017 habiendo
iniciado las mismas Sr. Vanini
Juan Jose. Durante la tramitación de dichas
actuaciones, el Sr. Vanini transfirió el dominio del inmueble al Sr. Salaberry
Juan Pedro, en su carácter de fiduciario del fideicomiso en formación y que se
denominará “Fideicomiso Los Alamos”
motivo por el cual los planos y demás documentación obrante en el
presente cambian de titular.
Que la solicitud del propietario de modificar el trazado
preventivo agregando una calle, se debe
a que al momento de subdividir los macizos generados por dicho trazado, en uno
de ellos, la relación de frente y fondo de las parcelas exigidas por el COU en
su punto 3.2.1.3. , no era factible de cumplimentarse.
Que, la zona es Reserva Complementaria Urbana (Sector 2).
Que al
efectivizarse la incorporación
se adoptaran los indicadores de
la Zona Residencial 3 (R3), permitiendo subdivisión mínima de frente 12m y sup.
300m2.
Que el plano
anexo a las actuaciones, es a modo de croquis con la finalidad de aprobar el
trazado de calles.
Que las
calles propuestas cumplirán con el ancho mínimo reglamentario, debiendo el
cedente realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva según
proyecto aprobado por la Secretaría de Obras Públicas,
Que, una vez
cumplimentado ello como el resto de los servicios exigidos, como asi también la
aprobación del legajo de obra , se
procederá al visado correspondiente.
Que, se
agrega plano del trazado preventivo de
la Quinta 8 aprobado por Ordenanza N° 1691/13
Que la Asesoría Letrada del Municipio ha emitido
dictamen al respecto.
Que para
generar la subdivisión planteada se requiere de la apertura de calle que no se encuentra prevista en el
trazado original.
Que conforme
al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a
la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura,
rectificación, construcción y
conservación de calles, caminos,
puentes, túneles, plazas y paseos públicos y,
las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia
provincial.
Por ello el
Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase la apertura de calle a ceder ,
según trazado que figura a fs. 27 del expediente Nº 4101-793/17, en virtud de
lo requerido por el Sr. Juan Pedro Salaberry, en su carácter de fiduciario del fideicomiso en formación que se denominará “Fideicomiso Los Alamos”.
Artículo 2º: Los
trabajos de tendido eléctrico domiciliario, tendido de agua corriente,
amojonado, desagües pluviales, alumbrado público y forestación , como asi también la aprobación del legajo
de obra y demás obras que demande la
apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo
y costo de los propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su
construcción hasta su finalización,
siendo éste requisito previo – como asi también la realización del resto de los
servicios exigidos- indispensable para proceder al visado del plano, caso
contrario se visará con las restricciones correspondientes.
Artículo 3º: Una
vez realizada la aprobación definitiva
del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos
Aires, libérense al uso público la calle
abierta e incorporase la misma al dominio municipal.
Artículo 4º: De
forma.-
Dada en Sesión Ordinaria
celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día
8 de noviembre de 2017.-
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